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    <title>Tranquera</title>
    <subtitle>Suplemento agropecuario de mayor circulación en la pampa húmeda</subtitle>
    <updated>2026-08-20T20:01:55+00:00</updated>
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            Salta reguló el uso de drones para fitosanitarios y se suma a las provincias con normativa específica
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ugsOG986BRBcFSg1YiSMOhw2BGE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://tranqueracdn.eleco.com.ar/media/2026/08/dron.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, dependiente del Ministerio de Producción y Minería de Salta, implementó el nuevo esquema para adecuar la normativa ambiental provincial al marco regulatorio establecido por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a través de la Resolución N.º 550/25. La regulación también se articula con la Ley Provincial N.º 7.812 de Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura y su Decreto Reglamentario N.º 3.924/15.</p><p></p>Registro anual y nuevos requisitos<p>A partir de la nueva normativa, toda persona humana o jurídica que realice aplicaciones aéreas con drones, tanto por cuenta propia como para terceros, deberá inscribirse anualmente en el Registro de Usuarios de Productos Fitosanitarios. La exigencia alcanza a los aplicadores, pilotos, asesores técnicos y equipos utilizados en las operaciones. Para obtener la habilitación bajo la categoría "Aplicador Aéreo No Tripulado de RPA/RPAS", deberán cumplirse una serie de requisitos. Entre ellos se establece la obligación de constituir domicilio en la provincia de Salta y presentar el Certificado de Inscripción o Matrícula LV-R del equipo, expedido por la ANAC. En cuanto a las habilitaciones personales, los pilotos deberán contar con la Licencia Aeronáutica Habilitante de piloto a distancia y aprobar la capacitación en Buenas Prácticas Agrícolas con RPA/RPAS. Esta formación permitirá obtener el Carnet Provincial de Aplicador, con una vigencia de dos años. Además, será obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para la aeronave, utilizar exclusivamente productos fitosanitarios autorizados por SENASA para este tipo de aplicación y presentar la correspondiente Recomendación Técnica de Uso.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ugsOG986BRBcFSg1YiSMOhw2BGE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://tranqueracdn.eleco.com.ar/media/2026/08/dron.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Salta estableció nuevas pautas operativas y de registro para la aplicación de productos fitosanitarios mediante drones, en una medida que busca ordenar y formalizar el uso de aeronaves no tripuladas en tareas agrícolas.]]>
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                                <updated>2026-08-20T20:01:55+00:00</updated>
                <published>2026-08-20T20:00:49+00:00</published>
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